Aprende Sobre Los Requisitos Para Adoptar Un Niño En Puerto Rico

Te invitamos a conocer los Requisitos para adoptar a un niño en Puerto Rico; ya que en distintos países el procedimiento es diferente por tal razón te mostraremos lo que significa el tema y lo que es el adoptar.

Cuáles son los Hogares de adopción en la Isla; las razones para ir al proceso de adopción; el costo del trámite; el tiempo  de espera, Ley que la respalda y algunas recomendaciones. No te lo pierdas, porque un angelito puede necesitar de ti.

Requisitos para adoptar un niño en Puerto Rico

La adopción es una alternativa para aquellos matrimonios que no pueden tener hijos por sus propios medios, sea biológicas o desean tener uno.

Es la razón para tener presente el adoptar un niño  o niña. Estimado Lector, te invitamos a continuar con nosotros y seguir leyendo.

¿Cuáles Son Los Requisitos Para Adoptar Un Niño En Puerto Rico?

Requisitos para adoptar un niño en Puerto RicoPara poder realizar el proceso de adopción, se requiere cumplir con una serie de requisitos, que son sencillos pero necesarios:

  • Lo primero que debe tener presente y poder demostrar que puede sustentar al niño y poder brindar la seguridad que necesita.
  • Si se trata de un matrimonio, es necesario mostrar en original y fotocopia de la partida de matrimonio.
  • Documento de identidad nacional, donde se puedan verificar los datos personales de las personas que solicitan el trámite de adopción.

¿Qué Se Necesitas Hacer Para Adoptar A Un Niño?

Requisitos para adoptar un niño en Puerto RicoLa adopción por el poder público es algo delicada y muy resguardada; a pesar que las entidades federales andan en la búsqueda de hogares sustitutos para los menores abandonados o desamparados.

De esta manera puedan tener una familia que vele por ellos. Es de alta confidencialidad pero dando resultados rápido y seguro.

Un procedimiento de adopción puede finalizar en un periodo de sesenta días; eso puede durar para prevalecer el bienestar del menor de edad.
  • Para la o las personas que se encuentran motivadas en este proceso deben hacer la solicitud jurada; en donde demuestran su interés de adoptar al menor; que ya ha sido descrito con antelación.
  • En esta carta de solicitud se debe acompañar con el aval y consentimiento de las personas involucradas como tutores o padres biológicos.
  • La oficina de familiar, se encargará de pedir y hará un estudio socioeconómico; para lo cual tendrán el lapso tope de treinta días, desde el día de la notificación.
  • Se emplazará a los padres biológicos y notificará por quince días para la presentación, para emplazar personalmente por edicto.
  • De igual forma la oficina de familia, el procurador le notificará a la casa de crianza, todo el proceso través del correo electrónico o de manera presencial.
  • En caso de ser abuelos, no existirá la necesidad de notificar; no obstante el niño o niña sea huérfano.

De la misma manera, en caso de no asistir a la citación, ninguno de los solicitados; el proceso de adopción de dará de manera instantánea.
  • La Oficina de Familia, presentará el informe

La agencia de adopción  o departamento autorizado por la Oficina de Familia debe rendir cuenta en el informe que será elaborado por algún funcionario o trabajador social.

Se dará  la información que señalará si la adopción es viable o no de acuerdo a los intereses del menor.

Se cuenta con treinta días, después de haber comenzado el proceso; en el caso de que el informe no haya sido presentado, se indicará a un funcionario por medio del colegio de trabajadores sociales.

  • Primera visita a la agencia

Se hace formal después de los treinta días que fueron enviadas las distintas solicitudes; a través de esta visita se da la oportunidad que cada parte exprese razones y motivos.

En donde pueden hacer la solicitud de oposición al proceso de adopción presentando las debidas pruebas.

En este punto, el tribunal del menor puede dar resultados del procedimiento.
  • Perspectiva de adopción

Esta visita se realiza después de los treinta días de la primera visita; la cual no se puede suspender sin tener una justificación, sin tener presente que algunos de los involucrados no se halle en el sitio.

  • Decisión o decreto del tribunal

Esta decisión no demora más de diez días después de haber realizado la Perspectiva de adopción; es de carácter obligatorio en el registro demográfico.

El dictamen  se comunicará a los involucrados, la cual se tendrá archivada en el transcurso de los diez días antes de ser emitida.

Al final de estos días es que el dictamen será archivado; ya no podrá haber apelación.
  • Cartel de la adopción en el Registro Demográfico

En el caso que la persona que solicita el proceso de adopción, fallece; entonces sus herederos tienen la oportunidad a oponerse al proceso. Después de este tiempo, el proceso será irrevocable.

Porque ninguna podrá impugnar, a menos que una de los involucrados muestre evidencias de fraude o corrupto el proceso; donde no acepto el proceso, o no estaba informado.

Esta persona tendrá el derecho de refutar el proceso; para esto contará con seis meses para presentar todas las evidencias de manera adecuada su acción.

Hogares De Adopción En Puerto Rico

Requisitos para adoptar un niño en Puerto RicoHogares De Adopción En Puerto Rico son aquellas moradas en donde los supervisores o funcionarios brindarán a los jóvenes toda la atención  que puedan necesitar después de haber quedado sin sus padres.

Los hogares sustitutos están capacitados para dar el apoyo sea porque se quedaron sin sus progenitores, tutores o representante legal para de esta manera respaldar la situación presente.

En caso de ser los abuelos tantos maternos como paternos, la última palabra la tiene el tribunal encargado; esto cuando los padres fallecen de una manera trágica; mientras debe quedarse en un hogar temporal.

Hasta confirmar si estos parientes puedan responder para el cuidado de estos menores. Para confirmar y avalar que es formal la presencia del niño en el hogar.

En el caso que sea discapacitado para sostener al menor, de la misma manera, debe ser un hogar de acogida, en el caso que el proceso sea totalmente intrincado.

¿Por Qué Adoptar Un Niño?

La actitud de una persona que desea adoptar a un niño o niña.

Es una acción noble porque le está dando la oportunidad a este ser humano tener empatía con otras personas.

De esta manera poder sentir el afecto que le puedan transmitir.

De igual a estas personas que ahora tienen la posibilidad de tener un hijo y verlo crecer.

Poder entregar lo mejor de ellos como educarlos en valores, amarlo, enseñarlos para la vida para ser una mejor persona.

¿Cuánto Cuesta Adoptar Un Niño?

Este proceso de adopción puede tener  diversidad en gastos por la cantidad de copias a sacar; documentos a redactar pero este periodo pude llegar a costa 18.000 $.

¿Cuánto Tiempo Se Tarda En Adoptar Un Niño?

El proceso legal tiende a ser rápido porque las leyes de la Isla así lo determinan. Tomando en cuenta la situación del menor, la necesidad que tienen y protegiendo sus derechos.

Invitan a los ciudadanos puertorriquenses a unirse por establecer parámetros y abrirse a ser parte de los hogares sustitutos.

El gobierno nacional determina no dejar niños sin hogar. Es una prioridad para esta nación.

Todo va  a depender de las notificaciones y el tiempo que estipula la ley que es alrededor de noventa días.

Pero existen momentos y situaciones que el proceso puede durar hasta una semana.

Ley De Adopción En Puerto Rico

Requisitos para adoptar un niño en Puerto RicoLa Ley de Adopción de Puerto Rico número <61> del 27 del mes de enero del año 2018 expone:

La adopción es algo real y una posición de amor hacia otra persona, donde el beneficio es para todos.

Cuando por distintas razones o motivos los niños no reciben el calor y amor que por derecho les corresponde por parte de sus padres biológicos.

Por este procedimiento, muchos tienen la posibilidad de encontrar la felicidad, es un procedimiento legal y de amor; de esta manera brindar al menor un hogar con estabilidad y permanente.

Es la ley del gobierno de Puerto Rico establece un sistema de refugio de seguridad; que da el curso a una madre  biológica, pueda dar a su bebé en adopción a una organización hospitalaria.

Un derecho que le da la ley para que no tenga temor para ser sentenciada por algún delito por abandonar al menor.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del <Código Penal de Puerto Rico.>

Consejos Y Dudas

Un hijo que sea adoptado adquiere los mismos derechos legales que un hijo biológico y de la misma manera tiene las mismas responsabilidades, para eso es importante tener claro los Requisitos para adoptar un niño en Puerto Rico.

En cuanto al respeto, educación herencia, medico, vivienda, vestido, disfrutar, familia amorosa y comprometida y mucho más.

Para un niño adoptado, los primero días se juegan las emociones en todo su esplendor; de la misma manera para los padres adoptivos.

La buena convivencia de los hijos biológicos y los adoptados es lo que permitirá que todo se mantenga de una forma natural y armoniosa para que todo pueda fluir en el hogar.

No te desesperes ni te angusties en caso de no poder tener hijos; aprovecha la oportunidad que brinda el Gobierno de Puerto Rico; tramita tu proceso de adopción.

Esperamos haber contribuido con los Requisitos para adoptar un niño en Puerto Rico, en relación al tema de la Adopción; como labor de amor a los demás; no te rindas, todo saldrá bien.


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